Saltar al contenido

Vicios ocultos en una vivienda: cómo se prueban

Qué son los vicios ocultos, plazos para reclamar y cómo se prueban con un informe pericial. También si le denuncian a usted como vendedor.

Actualizado el 26 de octubre de 2026

Qué son los vicios ocultos en una vivienda

Son defectos que el comprador no podía ver al visitar la casa y que ya estaban ahí: una humedad tapada con pintura, una bajante rota dentro de la pared, una viga dañada bajo un falso techo. Es uno de los problemas constructivos que más acaban en los juzgados, porque enfrentan a dos particulares que dicen cosas distintas.

Si es usted quien compró

  1. Documente el defecto en cuanto lo descubra: fotos con fecha y una descripción.
  2. Avise al vendedor por escrito (burofax o correo con acuse).
  3. Encargue un informe pericial de vicios ocultos: el perito debe demostrar que el defecto existía antes de la venta, que no se veía y que es grave. Le explicamos qué contiene un informe pericial y por qué vale como prueba.
  4. Vigile el plazo: en una vivienda de segunda mano comprada a un particular, el Código Civil da seis meses desde la entrega (art. 1490).

Si es usted quien vendió y le reclaman

Que alguien diga «me quieren denunciar por vicios ocultos» suele referirse a una demanda civil, no a una denuncia penal. Tiene derecho a defenderse con su propio perito: puede probar que el defecto estaba a la vista, que apareció después de la venta, que es desgaste normal o que no tiene la gravedad que se le atribuye.

Quién hace el informe

En viviendas, el perito de vicios ocultos suele ser un arquitecto o arquitecto técnico especializado en peritajes de edificación. Inspecciona, data el defecto cuando es posible y valora lo que cuesta repararlo.

Mejor prevenir

Si todavía no ha comprado, lo más eficaz es evitar la sorpresa: una inspección técnica de la vivienda antes de escriturar detecta muchos de estos defectos cuando aún está a tiempo de decidir.

¿Necesita un perito de vicios ocultos?

Compruebe si tenemos técnico en su zona: ¿Llegamos a su municipio?

DUDAS

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera vicio oculto en una vivienda?

Un defecto que ya estaba al vender, que no se veía en una visita normal y que es lo bastante grave para impedir el uso de la vivienda o reducir su valor: humedades tapadas, una instalación defectuosa, daños en la estructura…

¿Cuál es el plazo para reclamar vicios ocultos?

En una compraventa entre particulares, el Código Civil da seis meses desde la entrega de la vivienda (art. 1490). En obra nueva, además, la Ley de Ordenación de la Edificación fija sus propios plazos de garantía. Su abogado le dirá cuál se aplica a su caso.

¿Hay vicios ocultos en una vivienda de segunda mano?

Sí, la regla general vale igual para viviendas de segunda mano. Lo que no cuenta como vicio oculto es lo que estaba a la vista o el desgaste normal por la edad del edificio.

Me quieren denunciar por vicios ocultos, ¿qué hago?

Normalmente no es una denuncia penal sino una reclamación civil. Reúna lo que tenga de la venta (fotos, certificados, obras hechas) y encargue un informe pericial propio: puede demostrar que el defecto se veía, que es posterior a la venta o que no es grave.

¿Qué dicen las sentencias sobre los vicios ocultos?

Los tribunales piden demostrar que el defecto era anterior a la venta, que no se podía ver y que es grave. Por eso el informe pericial suele ser la prueba decisiva, para quien reclama y para quien se defiende.

¿Le ayudamos con su caso?

Presupuesto en un día

Tres preguntas y le llamamos hoy; el precio se cierra por teléfono. Si lo prefiere, llame al 614 194 985.

¿Es perito? Únase a la red